Me llegó un citatorio de la Fiscalía: ¿qué significa y tengo que ir?

Respuesta corta

Un citatorio de la Fiscalía no es una orden de aprehensión ni una condena: es un llamado a comparecer. Si te citan como imputado, tienes derecho a defensor presente y a acceder a los registros de la investigación; no estás obligado a declarar. Ignorarlo puede traerte medios de apremio. Lo primero es leer en qué calidad te citan y para qué.

Tener un papel de la Fiscalía en la mano da miedo, y es normal. Antes de imaginar lo peor, conviene entender qué dice exactamente y qué no dice.

Qué es una citación del Ministerio Público

Durante la investigación, el Ministerio Público puede, con respeto a tus derechos y en presencia de tu defensor, solicitar tu comparecencia u ordenar tu declaración cuando considere que es relevante para esclarecer el hecho y la posible participación (art. 129 del CNPP). No es una orden judicial ni una orden de aprehensión. Las órdenes judiciales son otra cosa: aquí está la diferencia.

Lo que debes revisar en el papel

  • Quién te cita, de qué unidad o agencia, y ante quién debes presentarte.
  • En qué calidad: como imputado, testigo u otra, si el documento lo dice.
  • Número de carpeta o referencia, fecha y hora.
  • El motivo, si lo trae.

Tus derechos si te citan como imputado

  • A no declarar, o a declarar. Tu silencio no puede usarse en tu perjuicio (art. 113, fracción III; Constitución, art. 20, apartado B). Más en derecho a guardar silencio.
  • A estar asistido por tu defensor al declarar y en cualquier otra actuación, y a entrevistarte con él en privado antes (art. 113, fracción IV).
  • A acceder a los registros de la investigación: tú y tu defensa pueden acceder a ellos cuando eres citado a comparecer como imputado y se pretende recibir tu entrevista. Desde ese momento ya no se pueden mantener en reserva frente a ti (art. 218).
  • A que te informen los hechos que se te imputan y tus derechos (art. 113, fracción V).

Qué conviene no hacer

  • Ignorarlo. Puede llevar a medios de apremio y volver más difícil el asunto.
  • Ir a "explicarlo todo" sin asesoría. Lo que declares queda registrado.
  • Llevar como "defensor" a quien no lo es. El imputado tiene derecho a una defensa adecuada por parte de un licenciado en derecho con cédula profesional (art. 113, fracción XI).

Qué aclaramos en la consulta

Revisamos el documento contigo, vemos en qué calidad te llaman, qué riesgos reales hay, qué decisiones puedes tomar antes de la fecha y qué conviene o no conviene decir y hacer. No te prometo qué va a pasar, pero sí te digo qué suele pasar y por qué.

Preguntas frecuentes

¿Un citatorio significa que estoy acusado?

No necesariamente. El Ministerio Público puede citar a una persona para comparecer o declarar cuando lo considere relevante para esclarecer los hechos (art. 129 del CNPP). Importa leer en qué calidad te llaman: como imputado o como testigo, por ejemplo.

¿Qué pasa si no voy?

El Ministerio Público puede aplicar medios de apremio: amonestación, multa, auxilio de la fuerza pública o arresto hasta por 36 horas. El arresto solo procede si hubo apercibimiento notificado (art. 104). Si se trata de una citación judicial a audiencia y no vas sin causa justificada, el juez puede declararte sustraído a la acción de la justicia.

¿Puedo ir sin abogado?

Si te citan para comparecer o declarar como imputado, el CNPP prevé que la diligencia sea con defensor presente, y tienes derecho a entrevistarte en privado con él antes de declarar (art. 113, fracción IV).

Para seguir leyendo

Fundamento: CNPP, arts. 104, 113 (fracs. III, IV y VIII), 129, 141, 218 y 310; Constitución, art. 20, apartado B

Quién lo escribe: el abogado penalista de penalista.pro (maestrías en juicios orales y en amparo; especialidad en justicia para adolescentes). Cómo se revisa: contra el texto vigente del Código Nacional de Procedimientos Penales (última reforma DOF 28-11-2025) y del Código Penal para el Estado de Tabasco; fecha de revisión: 20 de octubre de 2026.

Esta página es informativa y general. Cada caso depende de hechos, documentos y etapas concretas, y la ley cambia: no la uses como sustituto de una consulta sobre tu situación.

Pedir mi consulta