Medidas cautelares en el proceso penal: cuáles son y quién las decide
Las medidas cautelares son restricciones que impone un juez, no el Ministerio Público, para asegurar que el imputado comparezca, proteger a la víctima o a testigos, o evitar que se obstaculice el proceso. El CNPP prevé 14 (art. 155), desde presentarse periódicamente hasta la prisión preventiva, y no pueden usarse como sanción anticipada ni para obtener una confesión. El juez debe elegir la menos lesiva.
Cuando se habla de que alguien quedó "con medidas", se refiere a esto: restricciones impuestas por un juez mientras avanza el proceso.
Para qué sirven
Según el art. 153, se imponen por el tiempo indispensable para tres fines: asegurar la presencia del imputado en el procedimiento, garantizar la seguridad de la víctima, ofendido o testigos, o evitar que se obstaculice el procedimiento.
Cuándo puede imponerlas el juez
A petición del Ministerio Público o de la víctima u ofendido, cuando (art. 154):
- formulada la imputación, el imputado se acoge al plazo constitucional de 72 o 144 horas, o
- ya se le vinculó a proceso.
Las 14 medidas del art. 155
La lista completa del art. 155:
- Presentación periódica ante el juez o autoridad que designe.
- Exhibición de una garantía económica.
- Embargo de bienes.
- Inmovilización de cuentas y valores en el sistema financiero.
- Prohibición de salir sin autorización del país, de la localidad en que reside o del ámbito que fije el juez.
- Sometimiento al cuidado o vigilancia de una persona o institución, o internamiento en una institución determinada.
- Prohibición de concurrir a determinadas reuniones o acercarse a ciertos lugares.
- Prohibición de convivir, acercarse o comunicarse con determinadas personas, víctimas o testigos, siempre que no se afecte el derecho de defensa.
- Separación inmediata del domicilio.
- Suspensión temporal en el cargo, cuando se atribuye un delito cometido por servidores públicos.
- Suspensión temporal en una actividad profesional o laboral.
- Localizadores electrónicos.
- Resguardo en el propio domicilio, con las modalidades que disponga el juez.
- Prisión preventiva.
Mínima intervención y proporcionalidad
El juez debe aplicar el criterio de mínima intervención y justificar por qué la medida elegida es la menos lesiva para el imputado (art. 156). Puede apoyarse en una evaluación de riesgo realizada por personal especializado.
La prisión preventiva
- Solo procede por delito que merezca pena privativa de libertad (art. 165).
- No puede exceder el máximo de la pena del delito ni, en ningún caso, dos años, salvo que se prolongue por el ejercicio de la defensa; cumplido el término sin sentencia, el imputado queda libre mientras sigue el proceso, sin que ello impida otras medidas cautelares.
- En los delitos del catálogo del art. 19 constitucional, el juez la ordena de oficio. En los demás, el Ministerio Público debe justificar que otras medidas no bastan. Está explicado en prisión preventiva oficiosa.
Medidas de protección: otra cosa
No son lo mismo que las cautelares. Las medidas de protección las ordena el Ministerio Público ante un riesgo inminente para la víctima (art. 137), y las de las fracciones I a III se revisan en audiencia en cinco días. Más en violencia familiar.
Preguntas frecuentes
¿Una medida cautelar es una condena?
No. El art. 155 dice que no pueden usarse como medio para obtener un reconocimiento de culpabilidad ni como sanción penal anticipada. Se imponen por el tiempo indispensable para los fines del proceso (art. 153).
¿Quién puede pedirlas?
El Ministerio Público o la víctima u ofendido. La decisión es del juez de control, en audiencia (arts. 155 y 157).
Para seguir leyendo
Fundamento: Constitución, art. 19; CNPP, arts. 153 a 157, 165 y 167
Quién lo escribe: el abogado penalista de penalista.pro (maestrías en juicios orales y en amparo; especialidad en justicia para adolescentes). Cómo se revisa: contra el texto vigente del Código Nacional de Procedimientos Penales (última reforma DOF 28-11-2025) y del Código Penal para el Estado de Tabasco; fecha de revisión: 20 de octubre de 2026.
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